Condiciones y letra pequeña
Toda la garantía, también lo que va en letra pequeña. Sin sorpresas: aquí tienes los detalles, los plazos y lo que no se cubre, explicados claro.
Qué incluye la garantía (sin prestaciones adicionales)
- Impago de renta sin límite de meses, hasta recuperar la posesión del inmueble (entrega de llaves). La cobertura de renta termina ahí.
- Un mes de carencia al principio: con la garantía básica se empieza a cobrar a partir del segundo mes impagado. Se elimina con la prestación Plus, que hace que cobres desde el primero.
- Defensa jurídica ilimitada y sin franquicia, con el equipo jurídico propio de SEAG (no se cubren abogados ajenos). No cubre litigios de cuantía inferior a una mensualidad, salvo prestación Plus.
- Daños por vandalismo del inquilino hasta 6.000 € sin coste añadido (promoción aplicada a todos nuestros clientes; el condicionado base de SEAG fija 3.000 €).
- Protección antiokupas incluida: servicios jurídicos durante los 3 meses siguientes a recuperar la posesión. El pago de rentas mientras dura la okupación se cubre con la prestación Plus.
- Asesoramiento legal telefónico sin límite de consultas y coste de cerrajería en el lanzamiento.
Prestaciones adicionales y precios
Sobre el precio de la garantía (un porcentaje de la renta anual) puedes añadir:
| Prestación | Qué añade | Coste sobre la renta anual |
|---|---|---|
| Plus / Sin carencia | Elimina el mes de carencia (abono en ≤ 3 días), subarrendamiento y pago de rentas durante okupación. En operaciones de Rent to Rent su contratación es obligatoria | 0,25% |
| Cobro Puntual | Cobras la renta el día 1 pague o no el inquilino; no hay que comunicar el impago. Incluye la Plus, y el pago fraccionado sin coste si lo pides | 2% |
| Pago Fraccionado | Paga la garantía anual en 12 mensualidades | 0,25% |
| Impago de Suministros | Luz, agua o gas impagados hasta 1.500 € (no sanciones ni boletines) | 0,25% |
Carencia, pagos y plazos
- Carencia de 1 mes desde la notificación del impago, salvo que tengas la prestación Plus (que la elimina).
- Pagos a mes vencido, los 5 primeros días del mes siguiente.
- Comunica el impago antes del día 25 del mes (con Cobro Puntual no hace falta).
- Envía el contrato de alquiler firmado en ≤ 7 días desde la reclamación, o esta se anula.
- La garantía cubre impagos a partir de los 30 días desde su suscripción.
- Cualquier cambio del contrato (precio, actualización de renta, alta/baja de inquilinos, anexos) se comunica antes a SEAG. Una subida de renta superior al 10% conlleva nuevo estudio.
Vandalismo: qué cubre y qué no
Cubre los daños sobre los bienes que forman parte integrante del inmueble: muebles empotrados, muebles de cocina, inodoro, lavabo, horno y extractor de humos.
No cubre: mobiliario no empotrado, cristales, espejos y electrodomésticos, robo o hurto, sustitución de cerraduras, desgaste o uso normal, defectos de fábrica, ni simples pintadas o arañazos que no sean actos vandálicos.
📄 Folleto de SEAG: cobertura de actos de vandalismo PDF
Es imprescindible un anexo fotográfico a color firmado por el inquilino (aportado en ≤ 15 días desde la contratación) y comunicar los daños en ≤ 10 días tras recuperar la vivienda. SEAG repara o sustituye el bien dañado; no es una indemnización en metálico.
Vigencia, renovación y baja
- Vigencia de 12 meses con renovación automática, salvo preaviso de 30 días.
- Si hay un impago en curso, la renovación es obligatoria hasta recuperar el inmueble (la cobertura es indefinida).
- Baja anticipada: derecho a la devolución de lo no disfrutado (recargo de 12 €) o a bonificarlo en una nueva garantía (recargo de 6 €).
- El recibo se domicilia en la cuenta del propietario o pagador, nunca en la del inquilino.
Alquiler por habitaciones
La garantía de habitaciones exige identificar la habitación en el contrato con un plano o croquis y un anexo fotográfico a color. No incluye el impago de suministros. La bonificación por baja anticipada requiere una vigencia mínima de 6 meses.
Principales exclusiones
La garantía no cubre, entre otros supuestos: impago legitimado por ley o resolución administrativa o judicial; inmueble precintado; contratos que no cumplan la LAU o declarados nulos; pérdida de habitabilidad (daños por agua, robo, etc.); conflictos anteriores a la contratación; datos que no coincidan con el estudio; subarriendo sin prestación Plus; contratos de temporada o uso turístico; impagos en los primeros 30 días; y acuerdos entre propietario e inquilino no autorizados por escrito por SEAG.
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Y si te queda cualquier duda de la letra pequeña, te la resolvemos antes de firmar nada.
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