Contratos en vigor

Garantía para un inmueble que ya tienes alquilado

No tienes que esperar a un inquilino nuevo. Si ya hay un contrato firmado y en vigor, también puedes protegerlo frente al impago tras el estudio de solvencia.

Puerta de un piso con felpudo y las llaves puestas en la cerradura
Lo que conviene saber de este caso
  • Si el contrato lleva más de un año en vigor y al corriente de pago, se aprueba al 4,5%.

Mucha gente busca un seguro de impago para un alquiler ya en vigor pensando que es su única opción. En realidad, eso como tal no existe: no somos una aseguradora y lo que protege de verdad tu alquiler es una garantía (un afianzamiento). Hace lo que esperarías de un seguro —cobras aunque el inquilino no pague— y va más allá: sin límite de mensualidades y con la defensa jurídica incluida.

Es una de las preguntas que más nos llegan: «mi piso ya está alquilado desde hace tiempo, ¿llego tarde para protegerlo?». No llegas tarde. Y esa respuesta sorprende, porque casi todo el mercado dice lo contrario.

Por qué casi ningún seguro cubre lo que ya está alquilado

El seguro de impago clásico nace pensado para el momento de la firma: estudia al inquilino nuevo, fija la prima y entra en vigor con el contrato. Si ya tienes a alguien dentro, te dicen que no, que ese tren pasó. La lógica del seguro es asegurar lo que aún no ha ocurrido y de lo que apenas sabe nada.

Una garantía funciona distinto. Como respondemos por el inquilino igual que un fiador solvente, lo que de verdad necesitamos es conocerlo. Y a un inquilino que ya lleva meses pagándote lo conocemos bien: tienes su historial de pago delante. Eso, lejos de ser un problema, juega a favor.

Qué necesitamos para activarla

El proceso es corto. Nos haces llegar el contrato de alquiler vigente y los justificantes de los últimos meses, esos que demuestran que el pago va al día. Con ellos hacemos el estudio de solvencia del inquilino actual.

Si las cuentas cuadran, la garantía entra en vigor y a partir de ese momento cobras pase lo que pase. Una aclaración importante, dicha sin rodeos: si tu inquilino ya te debe recibos, esa deuda no la cubre la garantía. Protegemos hacia delante. Por eso los recibos al corriente son condición de partida.

Lo que pides, lo que conseguimos

Tres documentos sencillos a cambio de quitarte el riesgo de encima.

El contrato vigente

El que ya firmaste con tu inquilino. No hace falta novarlo ni rehacerlo: vale el que tienes.

Los recibos al día

Justificantes de los últimos meses. Confirman que el alquiler está al corriente y agilizan el estudio.

El estudio del inquilino

Cruzamos sus ingresos con la renta. Respuesta firme en menos de 24 horas, con honestidad si sale que no.

Lo que protege la garantía sobre tu alquiler en vigor

Incluido en tu garantía · desde el 3% de la renta anual

Impago de renta

sin límite de meses, hasta recuperar el inmueble · 1 mes de carencia al inicio, que quita la Plus

Defensa jurídica

ilimitada y sin franquicia

Vandalismo Promo Garantilo

hasta 6.000 €, sin coste añadido

Antiokupación

protección jurídica incluida + 3 meses tras recuperar

Asesoramiento legal

telefónico, sin límite de consultas

Cambio de cerradura

incluido tras el lanzamiento

Opcional prestaciones adicionales · % sobre la renta anual, se suman al precio

Plus · sin carencia +0,25%

cobras desde el 1er mes + subarriendo + rentas durante okupación · obligatoria en Rent to Rent

Cobro puntual +2%

cobra el día 1, pague o no el inquilino · incluye la Plus, y el pago fraccionado si lo pides

Impago de suministros +0,25%

luz, agua o gas impagados, hasta 1.500 €

Pago fraccionado +0,25%

paga la garantía en 12 mensualidades

El caso típico: un buen inquilino y una tranquilidad que faltaba

La situación se repite. Un propietario lleva uno o dos años con un inquilino que paga sin falta, todo correcto. Pero el contexto cambia, llegan noticias de impagos y okupaciones, y aparece esa inquietud de fondo: «¿y si justo el mío empieza a fallar?». No hay señal de alarma; hay sentido común.

Garantizar un alquiler que ya va bien es exactamente eso: poner una red por si acaso, sin tocar la relación que ya funciona con tu inquilino. Él sigue pagándote como hasta ahora. Tú añades la cobertura por detrás. Y si algún día deja de pagar, te abonamos la renta sin límite de meses y nos encargamos del resto.

También vale para perfiles que otros descartan

Que el inquilino actual sea extranjero, autónomo, pensionista o esté en paro no cambia el planteamiento. Estudiamos su capacidad real de pago, no la etiqueta.

Dudas al garantizar un alquiler que ya tienes en marcha

¿Puedo garantizar un alquiler que ya está firmado y en marcha?

Sí. Esta es la diferencia de fondo frente a casi cualquier seguro de impago: nosotros estudiamos también contratos en vigor. No necesitas esperar a que el inquilino actual se vaya ni a empezar uno nuevo.

¿Qué documentación pido al inquilino que ya tengo dentro?

El contrato de alquiler vigente y, normalmente, los recibos o justificantes de los últimos meses para confirmar que el pago va al corriente. Con eso hacemos el estudio de solvencia y, si encaja, activamos la garantía con todas las coberturas.

¿Y si lleva meses sin pagarme? ¿Lo cubrís?

No. Seamos claros: la garantía protege un impago futuro, no rescata una deuda ya existente. Si tu inquilino arrastra recibos impagados, ese atraso queda fuera. Por eso pedimos los recibos al día antes de empezar.

¿Puedo garantizar un alquiler antiguo, de hace años?

Da igual la antigüedad del contrato mientras esté vigente y al corriente. Hemos activado garantías sobre alquileres que llevaban tiempo en marcha; lo que se estudia es el inquilino y la situación de pago de hoy, no la fecha de la firma.

¿Y si el inquilino actual tiene un perfil de los que otros rechazan?

Lo estudiamos igualmente: extranjero, autónomo, con pensión o ayudas, en paro. La etiqueta no descarta; los números mandan.

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